martes, 3 de noviembre de 2009

CAJA DE COMPENSACIONES EN CHILE

Las cajas de compensación de asignación familiar(C.C.A.F.) son corporaciones de derecho privado, con patrimonio propio y sin fines de lucro, las cuales han tenido un sostenido desarrollo y crecimiento en las ultimas cuatro décadas principalmente, tanto en nuestro país como en el extranjero.
El objetivo de las Cajas de Compensación originalmente era la administración de las "prestaciones de seguridad social" las cuales tendían al desarrollo y bienestar del trabajador y su familia.


Beneficiarios
Son las personas que tienen derecho a percibir asignación familiar por las cargas de familia que acepta la ley estos son:


  • Todos los trabajadores dependientes de los sectores publico y privado.

  • Los trabajadores independientes afiliados a un régimen de previsión, que entre sus beneficios este el de la asignación familiar.

  • Los trabajadores dependientes e independientes acogidos a los regímenes de subsidios por incapacidad laboral, por accidentes del trabajo por enfermedad profesional o por cesantía.

  • Los pensionados de cualquier régimen previsional.

  • Los beneficiarios de pensión de Viudez y la madre de los Hijos naturales del trabajador o pensionado.

  • Las instituciones del Estado o reconocidas por el Supremo Gobierno, que tengan a su cargo la crianza y mantención de niños huérfanos o abandonados y de inválidos.

Son las personas que pueden ser invocadas como cargas familiares por un beneficiario y que originan el derecho al pago de la asignación familiar. Estos son:



  • La cónyuge, cuando depende de su esposo trabajador y el cónyuge invalido, cuando depende de su esposa trabajadora.

  • Los hijos y los adoptados hasta los dieciocho años, y los mayores de esa edad hasta los 24 años, solteros, que sigan cursos regulares en la enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior, en las instituciones del Estado o reconocidas por éste.

  • Los nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por estos, en las mismas condiciones señaladas para los causantes hijos.

  • La madre viuda.

  • Los ancendientes mayores de 65 años.

  • Los niños huérfanos o abandonados, en las condiciones señaladas para los causantes hijos, y los inválidos que están a cargo de las instituciones del Estado o reconocidas por este, que provean a su crianza y mantención.

  • Para hacer efectiva la asignación familiar, los causantes deberán:
    Vivir a expensas del beneficiario que lo invoque.

  • No percibir una renta igual o superior al 50% del ingreso minino.($55.600)

Algunas caja de compensaciones:

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